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Abogados Derecho
4/1/2008 - 21:00 Horas.
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Preguntas de los usuarios

Francisco   -   IP 190.161.14.199   -   11/09/2009
Pregunta: hola: llevo 15 años separado de hecho, me case con separación de bienes. Que posibilidades de divorcio existen. Tengo una hija de 16 años a la que no doy pensión ni veo. La pregunta es saber cuanto cuesta el trámire, si dan alguna facilidad, cuanto demora y si es posible hacerlo sin ver a la otra parte ya que no la quiero ver ni en pintura.
Respuesta: Hola. un gusto saudarte.te comento, la ley para el divorcio unilateral, o sea el que lo solicita una sola parte pide un plazo de separacion de cuerpos de tres años, es la condicion esencial y que no haya existido reconciliacion entre los conyuges con ánimo de permanencia, con eso se asegura el divorcio, pero debe tener en cuenta algunas cosas, lo más seguro es que en la misma causa su conyuge solicite alimentos y regimen de visitas para la menor, porque la ley de familia establece que esas materias deben ser reguladas, lo mismo que si existen bienes dentro del matrimonio, pero ojo en este ultimo punto el Tribunal de Familia no puede obligar a repartir, salvo que las partes se lo pidan de comun acuerdo. Lo otro la ley tambien señala una compensancion economica que cualquiera de los conyuges puede hacer valer en caso de divorcio, siempre y cuando ese conyuge por haberse dedicado al cuidado personal de los hijos no pudo desarrollar una actividad economica remunerada o si lo hizo esta fue limitada, por regla general se necesita que el conyuge o la conyuge que la demanda tenga algun titulo y que por estar separada o separado solo se pudo dedicar a criar y a educar al hijo. En todo caso para todo esto igual hay solucion. En cuanto al tiempo de tramitacion depende exclusivamente del tribunal y de la diligencia que ponga el abogado en su labor, las tramitaciones van desde los 2 meses en algunos casos a 6 en otros, todo depende de lo que le dije. Respecto a si es posible no ver a la contraparte, la ley señala dos audencias una preparatoria en la que se fijan los hechos a probar y las partes rinden las pruebas y una segunda de juicio en la que se riden las pruebas ofrecidas y en la que se dicta sentencia, A la primera es por regla general obligacion la asistencia de ambas partes a la segunda no, pero en todo caso el contacto es mínimo, otra cosa el Tribunal competente para conocer de la demanda de divorcio es el del domicilio del conyuge que se demanda, en este caso de su mujer, fuera de esto una vez dictada la sentencia de divorcio se debe subinscribir al margen de la inscripcion de matrimonio en el Registro Civil, y eso se demora mas menos entre 30 y 60 dias. En cuanto al precio si puede ser factible el otorgamiento de facilidades, y el precio serían 230 mil conversables, cualquier consulta mas personal si quiere puede hacerla al correo electrónico eggolex@gmail. com. A sus ordenes E. González Abogado.
José Luis Pérez Ponce   -   IP 200.72.242.34   -   11/09/2009
Pregunta: Estimados Abogados Mi consulta es la siguiente : -Resulta que mi padre fallecio hace 2 semanas y en vida compraron con mi tia (la hermana de mi padre) una propiedad dividida en partes iguales, mi tia no tiene herederos ya que es soltera, y en estos momentos tiene 92 años, y me hizo la consulta si nosotros los sobrinos directos tenemos derecho a su propiedad,nosotros somos 5 hermanos y mi madre esta viva , aparte existen 5 sobrinas mas que son sobrinas del otro hermano de mi tia tambien fallecido, éllas tocan parte de la herencia si existiera? - Lo otro mi tia aparte de esta propiedad se compro otra solamente élla, en que condiciones queda esta casa para efectos de herencia? - Y por último quiero pedirles una orientación ya que mi tia esta viviendo en su casa la que compro por partes iguales con mi padre, mi hijo a solicitud de élla para que la cuiden, a inquietud de élla estoy haciendo estas consultas, ya que me dijo que averiguara como lo puede hacer para que mi hijo no tenga problemas cuando ella fallesca, tendra que efectuar un tramite ante notario para que mi hijo pueda vivir hasta cuando tenga su propia casa? De antemano les agradeceré mucho su orientación profesional. En espera de su respuesta les agradece, José Luis Pérez Ponce 7077833-7077847 jlperez@tvn.cl
Respuesta: Primero que todo si la propiedad figura inscrita además de su tía a nombre de su padre, quienes son sus herederos son la descendendia de su padre ( hijos) y la conyuge sobreviviente, en este último caso lo que le corresponde a ella es variable dependiendo si la propiedad se compró ya estando casada con su padre y el regimen de bienes que tenian ellos en el matrimonio, por lo que los derechos de su padre corresponden a quienes le digo. Respecto a la herencia de su tia, si fallece la heredan sus hermanos y si estos no existen les corresponde a los hijos de ellos, o sea ustedes y primos. Respecto a su hijo que vive con su tía,tenga presente que su tía sólo tiene derechos sobre la propiedad, el resto pertenecia según lo que me dice a su padre fallecido, su tía podría hacer una transferencia de derechos a su hijo, o hacer un testamento y legarle sus derechos en la propiedad, pero en definitiva que el pueda quedar con el total de la casa va a depender de usted y sus hermanos y de su madre, pues ellos son ahora los herederos de su padre fallecido y por lo tanto dueño del otro resto de derechos sobre la propiedad, si esta en ustedes cederles los derechos a su hijo y su tia por su parte tambien los cede, recien en ese instante podria qudarse con toda la casa, pero primero ustedes deben efectuar el tramite de la posesion efectiva de su padre,para que legalmente se les reconozca la calidad de herederos de su padre y de dueños de sus derechos en la propiedad. Por último respecto a los otros bienes propios de su tía, ella puede testarlos y dejarlos a quien quiera pues no tiene asigantarios forzosos, pero si no lo hace la heredan sus hermanos y si estos no estan entonces el derecho pasa a usted y sus hermanos y sus primos (as ) . Cualquier consulta hagala llegar al correo electrónico eggolex@gmail.com , gustoso se la responderé. Atentamente E. González Abogado.-
maria angelica   -   IP 190.21.128.212   -   07/09/2009
Pregunta: puedo un lisback que hizo mi hermana con mi hija cambiarlo por problema de pago mi hija no cumple y puede perder la casa y ella gana solo 250.000 y el cobro es de 180 segun UF SI ME PUEDEN ayudar orientar gracias ,.atte angelica

V     I     S     I     T     A     S
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